STOP: Los mejores abogados para detener el alza de ISAPRES (2022)

Te Asesoramos Gratis, deten el alza de isapres

Nuestros Abogados de Alza Isapre  han apoyado a miles de personas con sus problemas legales, teniendo un área específica de asesoría judicial por alzas ilegítimas ISAPRES. Hemos ayudado a miles de Chilenos a evitar estas alzas, otorgándoles dignidad y haciendo justicia ante tales abusos

El alza de ISAPRES es un abuso amparado en un sistema que golpea a la clase media, a los pobres y a los emprendedores. Las Ganancias de quienes hacen negocio de la salud, crecen a costa de este abuso. Parar el alza es gratis para ti, nuestro pago se realiza mediante los costos del juicio, que deberá pagar la Isapre, una vez dictada la sentencia.

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¡Evitamos el Alza ISAPRES Rezagada 2020-2021!

Gestionamos tu Recurso de Protección ante la Corte Correspondiente.

Alzas de ISAPRES Rezagadas

Aprobaron ley que frena alza de precios en planes de isapres durante estado de excepción, de acuerdo al texto aprobado por el Congreso, la prohibición regirá para el periodo 2020 y 2021, y hasta 180 días después del fin del estado de excepción. También se estableció, si la excepción se prolonga por más de un año, que las isapres no podrán acumular el aumento del precio base del plan no efectuado durante ese periodo.

📢 📢  Estas son las alzas rezagadas del periodo 2020-2021.  Blanco abajo apuntando índice de revés

COLMENA

4.9%

BANMEDICA

4.9%

vidatres ISAPRE

4.9%

NUEVA MAS VIDA

4.7%

CRUZ BLANCA

4%

consalud ISAPRE

4%

Definicion: ¿Que es la Carta de Adecuacion  Alza de ISAPRES?

carta de adecuacion isapre

La Carta de adecuación es un documento certificado que envían las ISAPRES para informar a sus usuarios sobre el alza de precios de cada plan y las alternativas que ofrece tu Isapre para evitar tu alza, nuestros Abogados de Isapre son especialistas que te brindarán asesoria de calidad. Las Isapres solo ofrecen alternativas como cambiarse de plan o aceptar el alza sin justificación alguna,sin darte más opciones para que puedas elegir. No puedes aceptar este abuso, consigue tu Carta de Adecuación en la sucursal más cercana de tu Isapre, ven con nosotros y detén esta injusticia!!!

¿Que debes hacer si te llega la carta de adecuacion o el FUN?

te llego la carta de la Isapre
  1. Guárdela y comuníquese lo antes posible con nuestros abogados ya que con  la carta usted tiene el mismo plazo que allí se establece (90 días desde la fecha de la carta).
  2. Si usted nunca recibió la carta de adecuacion, y le llega a usted o a su empleador un Formulario Único de Notificación  tiene plazo hasta 30 días corridos desde la fecha del FUN para presentar tu recurso de protección.

¿Qué debe hacer un afiliado cuando no recibe la carta de adecuación de parte de su Isapre?

  1. El afiliado que no recibe la carta de adecuación debe reclamar por escrito ante la Isapre para que le demuestre si cumplió con el procedimiento establecido en el artículo 197 del DFL N° 1 del Ministerio de Salud, respecto de la notificación de la adecuación anual.
  2. En caso de disconformidad con la respuesta otorgada por dicha Institución, o al no recibir una respuesta formal, podrá reclamar ante la Superintendencia de Salud, en segunda instancia, aportando copia de todos los antecedentes que avalen dicho reclamo.
  3. La carta de adecuación debe ser comunicada al afiliado mediante carta certificada enviada al último domicilio registrado en la Isapre.

 Recurso de Proteccion ISAPRE

Video Recursos de Proteccion

El Recurso de Protección en contra del alza de precio en los planes de salud ISAPRES, es una acción jurisdiccional y cautelar de emergencia establecida para asegurar el respeto y vigencia de derechos fundamentales, frente a posibles privaciones, perturbaciones o amenazas de los mismos, que ha gozado de un singular prestigio y tienen amplio uso en Chile. Fue considerado como uno de los aportes más importantes de la Constitución de 1980, actualmente consagrado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República de Chile. Se presenta a través de un documento escrito basando la garantía o derecho fundamental vulnerado, a continuacion explicaremos en qué consiste un Recurso de Protección  y quiénes pueden en el presentarlo.

El recurso de proteccion  ISAPRE busca obtener que la Corte de Apelaciones tome las medidas necesarias para restablecer el derecho y garantizar la debida protección del afectado frente a hechos u omisiones ilegales o arbitrarias que vulneren algunos de sus derechos constitucionales. Las ISAPRES, al notificar a sus afiliados de un alza realizada al precio de sus Planes de Salud, de manera unilateral, está vulnerando los articulos:

  1. 19 N° 9: El derecho a la protección de la salud. Específicamente, el inciso final, que señala que “cada persona tendrá el derecho a elegir el sistema de salud al que desee acogerse sea éste estatal o privado”.
  2. 19 N° 24: El derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales o incorporales.

¿Que papel tiene el Recurso de Proteccion  ISAPRE?

Sabían ustedes que ante cualquier vulneración de nuestros derechos podemos presentar un Recurso de Protección:

  1. El recurso de protección es un acto judicial presentado en las cortes de apelaciones por omisiones ilegalidades o vulneraciones de los derechos fundamentales y garantías constitucionales, por ejemplo cuando esté en peligro el derecho a la vida, la libertad de conciencia, el derecho a sindicalización o la igualdad ante la ley entre otros.
  2. El recurso puede ser presentado por cualquier persona natural o jurídica un grupo de personas o un representante de éstos.
  3. Un recurso de protección es una acción constitucional, establecida en el artículo 20 de la constitución política de la república que permite el resguardo y la protección de ciertas garantías constitucionales que el mismo artículo 20 les regula.

¿El Proceso de presentación de un recurso de protección Isapre puede desarrollarse sin abogados?

Para iniciar el proceso de tramitación de un recurso de protección en contra del alza de tú Isapre ante la corte de apelación no se requiere de la intervención obligatoria de un abogado; sin embargo es es recomendable la actuación de buen Bufete de Abogados que te garantizará una asesoría oportuna y de calidad. Adicionalmente el servicio es totalmente gratuito, brindándote tranquilidad y seguridad; y por lo tanto, garantizando tus derechos.  

¿Cual es el plazo para interponer un Recurso de Protección  ISAPRE?

El afiliado cuenta con 30 días continuos, contados a partir la fecha de recepción de la Carta de Adecuación o Formulario Único de Notificación (FUN), para presentar el recurso de protección ante la Corte de Apelaciones respectiva. Una vez vencido este plazo sin haberse presentado el recurso de protección, el afiliado cuenta con una alternativa para evitar el alza propuesta de la Isapre,  que consiste en presentar un reclamo ante la Superintendencia de Salud.

Para presentar un reclamo ante la Superintendencia de Salud por alza de Isapre, el afiliado tiene hasta el último día hábil del mes en que se cumple la anualidad del contrato de salud suscrito con la Isapre, y que corresponde al mes en que se suscribió el contrato, o a aquel mes en que se modificó como anualidad con posterioridad.

¿Que contiene el Recurso de Proteccion Alza Isapre?

El recurso de protección se presenta por escrito para fundamentar la acción u omisión ilegal que sirve de base a su interposición, así como los derechos o garantías Constitucionales que se ven vulneradas. Deten el Alza Isapre

¿Que documento se debe adjuntar al Recurso de Proteccion Alza Isapre

Es necesario adjuntar una copia exacta de la Carta de Adecuación o Formulario Único de Notificación (FUN) que le envió la Isapre.

Si interpongo un recurso de protección, ¿La Isapre me puede desafiliar?

No. El recurso de protección Alza Isapre no es más que una petición que hace el afiliado a la Corte para que le proteja de sus derechos constitucionales que están siendo vulnerados por la Isapre.

¿Donde se presenta el recurso de proteccion?

El recurso o acción de protección se interpondrá ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se hubiere cometido el acto o incurrido en la omisión arbitraria o ilegal que ocasionen privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales respectivas.

Se presentara tambien  donde éstos hubieren producido sus efectos, a elección del recurrente, dentro del plazo fatal de treinta días corridos contados desde la ejecución del acto o la ocurrencia de la omisión y recepción de la carta de adecuación, de acuerdo con lo establecido en el Auto Acordado S/N de 2015.

Toda persona puede interponer un Recurso de Protección, incluso podría hacerlo una agrupación de personas, ya sea directamente o bien mediante un tercero en representación de ellas sin necesidad de presentar un poder. 

Si interpongo un recurso de protección, ¿Puede haber represalias por parte de la Isapre?

Como ya hemos visto, la Isapre no lo puede desafiliar. Asimismo, tampoco puede interponer ninguna represalia en su contra, pues eso no solamente sería ilegal, sino que además nunca un cliente nos ha manifestado algún cambio de criterio respecto de la Isapre después de interponer un recurso de protección.

Recurso de protección contra Alza de ISAPRE por incorporación de bebe recién nacido

RECURSO DE PROTECCION RECIEN NACIDO

Evite gratis el alza de  isapre por incorporar  recién nacido o que está por nacer! Ésta alza es excesiva e ilegal  El plazo normal para oponerse al alza es de 30 días corridos desde la inscripción del bebé en la ISAPRE.

  • El acto ilegal y arbitrario al aplicar la tabla de factores etarios, estaría dado en primera instancia por ir en contra del artículo 19 numerales 2, 9 y 24 de la Constitución Política de Chile.
  • No se pueden aplicar normas derogadas por el tribunal constitucional, ya que esas normas eran discriminatorias por sexo y edad, ante lo cual estamos en presencia de la violación delante la ley, violación del derecho de propiedad y violación a elegir un sistema de salud privado. El plazo legal para interponer un recurso de protección es de 30 días corridos  desde que la madre incorpora al hijo recién nacido, mediante formulario único de notificación y le empiezan a cobrarle una nueva carga legal.
  • Para introducir este tipo de recurso de protección contra  la ISAPRE hay que reunir los siguientes documentos para dar inicio a las acciones legales y lograr mantener el valor de tu plan de salud sin que te apliquen una tabla etaria en el caso del recién nacido:
  1. Copia de Formulario Único de Notificación (FUN).
  2. Certificado de nacimiento.
  3. Certificado de afiliación de la Isapre del afectado.

Alza Isapres

En la actualidad se presentan Recursos de Protección de Isapre en las cortes de apelaciones del país por diferentes razones para impedir el alza plan Isapre, para proteger el derecho a la vida, fijar precios de servicios, evitar la discriminación hacia una persona, entre otros, nuestros Abogados para alza de Isapre estan para ayudarte a ti y a tu familia. En 1981 aparece en plenitud el artículo 20 de la Constitución que expresa lo siguiente: «Toda persona tiene derecho a defensa jurídica en la forma que la ley señale y ninguna autoridad o individuo podrá impedir, restringir o perturbar la debida intervención del letrado, si hubiere sido requerida”.

¿Qué son las alzas de ISAPRE y por qué son inconstitucionales?

El DFL N°1 en su artículo 197, inciso 3°, primera parte prescribe: “Anualmente, en el mes de suscripción del contrato, las Instituciones podrán revisar los contratos de salud, pudiendo sólo modificar el precio base del plan,…”

Asimismo el artículo 198 de la misma ley en los párrafos 1° y 2°, estipula:

La libertad las Instituciones de Salud Previsional para cambiar los precios base de los planes de salud en los términos del inciso tercero del artículo 197 de esta Ley, se sujetará a las siguientes reglas:

#1.- Antes del 31 de marzo de cada año, las ISAPRES deberán informar a la Superintendencia el precio base, expresado en unidades de fomento, de cada uno de los planes de salud que se encuentren vigentes al mes de enero del año en curso y sus respectivas carteras a esa fecha.

Para expresar en unidades de fomento los precios base de los planes de salud que se encuentren establecidos en moneda de curso legal, las Instituciones de Salud Previsional utilizarán el valor que dicha unidad monetaria tenga al 31 de diciembre del año anterior.

#2.- En dicha oportunidad, también deberán informar la variación que experimentará el precio base de todos y cada uno de los contratos cuya anualidad se cumpla entre los meses de julio del año en curso y junio del año siguiente. Dichas variaciones no podrán ser superiores a 1,3 veces el promedio ponderado de las variaciones porcentuales de precios base informadas por la respectiva Institución de Salud Previsional, ni inferiores a 0,7 veces dicho promedio.

El promedio ponderado de las variaciones porcentuales de precio base se calculará sumando las variaciones de precio de cada uno de los planes cuya anualidad se cumpla en los meses señalados en el párrafo anterior, ponderadas por el porcentaje de participación de su cartera respectiva en la suma total de beneficiarios de estos contratos. En ambos casos, se considerará la cartera vigente al mes de enero del año en curso.

De acuerdo a los artículos anteriores, las ISAPRES anualmente ajustan las tasas de tu plan de salud, de manera unilateral pero adicionalmente hay que tener en consideración que los precios de los planes de las ISAPRES están pactados en UF, por ende, ya suben por la variación del IPC, no estando legalmente autorizadas a efectuar aumentos de precio de manera arbitraria.

¿Cuánto gana un abogado por juicio de alza ISAPRE?

  • Parar el alza de tu Isapre para ti es gratis, nuestros honorarios los fija la Corte (Las costas las paga la ISAPRE). 
  • El Código de Procedimiento Civil señala que generalmente las costas judiciales las debe pagar la parte vencida, salvo que haya tenido motivos plausibles para litigar.
  • Nuestra mejor razón o motivo plausible que puede existir que salir en defensa de tus derechos constitucionales que han sido vulnerados.
  • Es una razón más que poderosa. Es por eso que cuando se han perdido estos recursos (básicamente por problemas de forma más que de fondo).
  • La Corte de Apelación nunca ha condenado a la parte que interpuso el recurso a pagar las costas.
  • Para su tranquilidad, en el hipotético caso que se llegara a perder el recurso de protección, y en el extrañísimo caso que la Corte llegara a condenarlo a usted a pagar esas costas, nuestro Bufete se hará cargo de pagar por ti que eres nuestro cliente.

¿Conviene hacerme asesorar para evitar el alza excesiva de mi Isapre?

Desafortunadamente las alternativas que te ofrecen las ISAPRES no son satisfactorias:

  • Pagar más para mantener su plan actual.
  • Cambiarse a otro plan con menor cobertura o cambiarse de Isapre, lo cual no será posible si usted es un cotizante cautivo.
  • El quedarse de brazos cruzados no iría en beneficio de sus propios intereses, puesto que año tras año verá cómo su plan sigue aumentando de valor, siempre por sobre el IPC.
  • Con nuestra asesoría a través de la consignación del recurso de protección puedes lograr frenar el alza de precio base de tu plan de salud de Isapre por un año.
  • El trámite demora en promedio tres meses, al momento de presentar el recurso le solicitamos la  “orden de no innovar” a través de la cual la Corte de Apelación ordenará suspender el alza del plan mientras se resuelve el recurso de proteccion.

Nuestros Abogados de Isapre te ayudaran y prestaran asesoria inmediata y efectiva para evitar tu alza

Si quieres desafiliarte de una Isapre:

  • Debes presentar una carta firmada ante la aseguradora en la que manifiestes tu intención inequívoca de poner término al contrato de salud.
  • La comunicación debe ser cursada por la Isapre siempre y cuando se haya cumplido con el período mínimo de vigencia del contrato de un año contado desde el inicio de los beneficios,te podemos apoyar y asesorar 
  • Si presentas algun problema o reclamo con tu Isapre, nuestro Bufete cuenta con  los mejores especialistas y  estan para ayudarte.
  • Debes contactarnos dentro del plazo de 90 días contados desde la recepción de la Carta de Adecuación, o bien, dentro de los 30 días siguientes luego de haber recibido el FUN.
  • Si está dentro de este plazo, nuestros abogados interpondrán un recurso de protección  a tu favor que dejara sin efecto el alza, los  trámites que realizamos son  gratis para ti.

​Hay varios abogados que ofrecen un servicio similar. ¿Por qué tendrías que hacerlo con nosotros?

  • Porque llevamos varios años ofreciendo este servicio a miles de clientes con excelentes resultados.
  • Uno de nuestros socios fue uno de los primeros abogados que comenzó con este tema, y otro de ellos ha tenido una gran experiencia laboral en juicios con Compañías de Seguros.
  • Nuestro prestigio ha sido reconocido en los medios, con numerosas entrevistas en diarios, radios y en los noticieros de todos los canales de televisión.
  • Por otro lado, nuestros abogados están colegiados en el Colegio de Abogados A.G., por lo que están sujetos a su control ético.
  • Esto implica que voluntariamente nosotros estamos expuestos a recibir una sanción de carácter pública, si nuestro actuar se aleja de la ética profesional.
  • Si usted averigua, prácticamente ningún abogado que ofrece este tipo de servicios está colegiado, lo que implica que ante cualquier actuación del abogado con faltas a la ética y al deber profesional, quedará impune.

Demandas por Alza Isapres

  • Aproximadamente  15 mil millones de pesos recibierón durante el  2014 los abogados por la judicialización del las Alza Isapre, una situación que ha obligado al Poder Judicial a tomar medidas para que la Corte de Apelaciones.
  • Para nuestros Abogados el  procedimiento es bastante sencillo y no requiere de mayor tiempo demandando a la Isapre.
  • El gasto de recursos para nuestros abogados es mínimo, solamente ir a la unidad correspondiente e interponer el recurso de protección.
  • Por un lado colapsa el sistema administración de justicia y por otro lado también paralizar un sistema de salud, pese a tener la facultad de frenar las alzas de planes, en la Superintendencia de Salud, antigua Superintendencia de Isapres aseguran que los casos igual se judicializan ya que las Isapres apelan a la decisión del ente fiscalizador, además aseguran que uno de cada diez afiliados al sistema privado presenta alguna queja en la superintendencia o en tribunales.
  • Cada uno de los problemas fundamentales que han planteado los tribunales tiene que ver con que son las propias Isapres muchas de ellas integradas verticalmente las que generan los elementos que les permiten justificarse sus Alzas, la carga de trabajo que significa el crecimiento de los recursos contra las Isapres  obligó al poder judicial a tomar medidas para hacer más expedito el trámite.
  • Actualmente el sistema judicial aplica  la digitalización de las causas, desde julio del 2013 se instauró el sistema de tramitación digital hoy día más del 60% de los ingresos se producen por esa vía el portal web, ha sido eso lo que  ha permitido descongestionar que la causa inmediatamente ingresé digitalmente.
  • En casi dos años ya son 1880 los abogados que se han inscrito para presentar los recursos de protección contra el alza de Isapre de manera digital a esto se sumó un convenio con el Banco Estado que permite pagar las costas de los juicios de manera más expedita.A continuacion te mostramos coceptos claves que te ayudaran a comprender mas de el tema del Alza.
  • Para evitar tu alza Isapre debes presentar un recurso de protección ante la corte de apelaciones,tambien podras interponer un reclamo ante la superintendencia de salud por el alza de tu plan injustificadamente.
  • Los planes de Isapre pueden ser ajustados anualmente, aumentando el valor del precio base. Su Isapre le enviará la carta de adecuación informándole sobre este reajuste. Usted puede aceptar las nuevas condiciones o bien oponerse.
  • Si usted no introduce un reclamo, su seguro asumira que aceptas el alza de tu plan. Tienes derecho a  negarte a este reajuste, nuestros abogados especialistas  te ayudaremos a detener el alza sin costo.si estas afiliado y no recibes la carta de adecuación debes introducir un reclamo por escrito ante la Isapre para que le demuestre si cumplió con el procedimiento establecido en el artículo 197 del DFL N° 1 del Ministerio de Salud, respecto a la carta de  adecuación anual.

En caso de disconformidad con la respuesta otorgada por dicha Institución, o al no recibir una respuesta formal, podrá reclamar ante la Superintendencia de Salud tambien conocida por los Chilenos como Superintendencia de Isapres en segunda instancia, aportando copia de todos los antecedentes que avalen dicho reclamo,en esta web encontraras las preguntas mas frecuentes que se hacen los usuarios de las diferentes redes de salud.

Costas Judiciales de la Corte de Apelacion en Chile

A continuación, veremos exactamente que cubren las costas judiciales y quién debe ser el responsable de pagarlas.

¿Qué cubren las costas judiciales?

Las costas judiciales suponen un desembolso económico muy importante, estos costes pueden incluir:

  1. Los honorarios del abogado y perito, en caso de ser necesario.
  2. Los derechos del procurador, cuando se requiere su intervención.
  3. Notificaciones judiciales, copias, documentos, testimonios, otros.
  4. Inserción de anuncios o edictos.
  5. Derechos arancelarios como el pago del notario.
  6. Indemnizaciones a testigos.
  7. Otros gastos generados directamente por el propio proceso judicial.

Costas Jusiciales de 17  Cortes de Apelaciones de chile

El monto de las costas procesales va desde $0 (Cortes de Apelaciones de Antofagasta e Iquique) hasta los $400.000 (Corte de Apelaciones de Concepción):

Monto de las costas por Corte:

¿Quién paga las costas del juicio?

las costas del juicio las paga la parte vencida y que ha sido condenada en costas de forma expresa en la sentencia.

 

¿Si la Isapre fue condenada en costas, en qué momento se pagan?

En términos generales pueden pasar meses hasta que la Isapre pague las costas del juicio al vencedor, cuando se realice el pago, la Isapre presentará un escrito haciéndolo presente a la Corte de Apelaciones respectiva.

Normas que regulan el alza de ISAPRE

constitucion de la Republica de Chile

El marco legal y la normativa (Ley N.º 18.933 y 18.469) que ampara al sistema de salud en nuestro País, ha creado políticas para regular y controlar administrativa y legalmente el funcionamiento de las distintas Isapres. La Corte Suprema de Justicia se encarga de solucionar los asuntos de su competencia de manera clara, oportuna y efectiva contribuyendo a la paz social y al fortalecimiento de la Democracia. Nuestras normas establecen los lineamientos, responsabilidades y funciones asignadas para el adecuado funcionamiento de este sector de la salud privada, aún así existen vacíos legales que deben ser resueltos para poder regularizar dentro del marco de la Ley a las Isapres y sus sistemas. 

Compendio de normas y oficios circulares que regulan el alza Isapres

  1. Constitución Política de la República de Chile. El Artículo 19 de nuestra Constitución Política asegura a todas las personas una serie de garantías o derechos fundamentales. Entre los cuales se encuentran el derecho a la vida, a la protección de la salud y a la seguridad social. Artículo 19 N° 18 Constitución Política de la República de Chile: “La Constitución asegura a todas las personas… 18° El derecho a la seguridad social.
  2. Decreto Ley N° 2763: Este decreto fue dictado el año 1979, con él se reorganizo el Ministerio de Salud adecuándolo a la nueva organización administrativa del país (regionalización), se creó el Sistema Nacional de Servicios de Salud, el  17 Instituto de Salud Pública de Chile, la Central de Abastecimientos y el Fondo Nacional de Salud (FONASA.)
  3. Decreto con fuerza ley 1, Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 2.763 de 1979 y de las leyes N° 18.933 Y N° 18.469. Ministerio de Salud; Subsecretaria de Salud Publica. Ley 18933, Crea la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, Dicta normas para el otorgamiento de prestaciones por Isapre y Deroga el decreto con fuerza de ley n° 3, de salud, de 1981.
    Ley 18933, Crea la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, Dicta normas para el otorgamiento de prestaciones por Isapre y Deroga el decreto con fuerza de ley n° 3, de salud, de 1981. 
  4. Ley Corta Isapres (Ley N° 19.895 de 2003 o Ley Corta de Isapres)
  5. Ley 20015 Modifica la Ley N.º 18.933, Sobre instituciones de salud previsional Ministerio de Salud. Fecha Publicación: 17-MAY-2005 | Fecha Promulgación: 03-MAY-2005.
  6. Oficio Circular IF/N° 29, 24 de Abril de 2020, Imparte instrucciones sobre la postergación de cobro de las alzas de precios derivadas del proceso de adecuación 2020-2021.

Papel de la Corte Suprema de Justicia en el alza ISAPRES

  • La Corte Suprema De Justicia se encarga de Solucionar los asuntos de su competencia de manera clara, oportuna y efectiva contribuyendo a la paz social y al fortalecimiento de la Democracia.
  • A la cabeza de la institución se encuentra la Corte Suprema que es el máximo tribunal y órgano jurisdiccional de Chile, es el superior jerárquico de las 17 cortes de apelaciones y los más de 450 tribunales de primera instancia repartidos por materia en todo el País.
  • La Corte Suprema- está conformada por veintiún ministros quienes integran el tribunal pleno y es liderada por un presidente o presidenta quien es elegido por sus pares y dura dos años en su ejercicio según las materias que conoce el máximo tribunal.
  • Funciona en pleno o dividido en salas especializadas a la corte suprema le corresponde a la supervigilancia directiva, correccional y económica de todos los tribunales del país.
  • Existen además 17 cortes de apelaciones que ejercen sus facultades jurisdiccionales en un territorio determinado por ley y funcionan que en pleno y en salas de tres ministros.
  • Entre sus facultades están las de conocer los recursos de apelación o nulidad contra fallos dictados por tribunales de primera instancia y los recursos de protección y amparo.
  • Nuestros tribunales de primera instancia se clasifican por materia, en tribunales de juicio oral en lo penal juzgados de garantía, de familia, de cobranza laboral o previsional, civiles, de letras, del trabajo y juzgados de letras con competencia común.
  • El compromiso de nuestro sistema es  administrar justicia de manera independiente autónoma y con imparcialidad, entregar un trato digno igualitario inclusivo y accesible para todas las personas y actuar con probidad transparencia y ser socialmente responsable con la comunidad entregar información con un lenguaje claro sencillo y comprensible para todos y ofrecer un servicio de excelencia para todas las personas.
  • Actualmente el poder judicial se encuentra en un proceso de modernización para mejorar sus servicios acercarse a la comunidad y brindar una justicia de calidad oportuna y cercana.
  • Es una institución con más de 400 años de historia integrada por más de 1.800 jueces a nivel nacional y l funcionarios que trabajan diariamente para contribuir a un mejor país y poder judicial al servicio de todas las personas.
  • El marco legal y normativo que sustenta al sistema de salud en Chile a creado políticas para regular administrativa y legalmente el funcionamiento de las Isapres, determinando los lineamientos, responsabilidades y funciones asignadas para el adecuado desempeño del sector, aún así existen vacíos legales que deben ser resueltos por una mejor regulación en el marco de la Ley de Isapres. 

¿Necesitas asesoria? ¿cuál es tu isapre ideal?

isapres alza

La salud en Chile es un derecho fundamental, consagrado en la Constitución Política de este pais, en la cual se asume que el Estado proporcione una atención igualitaria y libre a la población, al mismo tiempo que establece un sistema mixto, es decir, público y privado. Las ISAPRES son Instituciones de Salud Previsional privadas y se encargan de financiar las atenciones y beneficios de salud, de los trabajadores y personas, que espontáneamente optaron por ellas en lugar del sistema de salud estatal (FONASA).

Existen dos tipos de ISAPRES, las abiertas que ofrecen sus planes a cualquier trabajador o persona que quiera afiliarse y las cerradas que prestan servicios a una empresa en particular, a continuación te presentamos lo que debes de tomar en cuenta,como afiliarte, desafiliarte, planes a tu alcance a la hora de elegir la mejor ISAPRE la  mas conveniente para tu bolsillo y que se adapte a tus necesidades.

¿Cual ISAPRE te conviene? Cruz Blanca, Consalud, Banmedica…

Cuando buscas una Isapre, tienes  que:

  1. Buscar y elegir la que más se ajuste a tu bolsillo y a tus necesidades en lo que a salud se refiere, ya que, en nuestro País existen cientos de planes diferentes de distintas Isapres.
  2. Es muy difícil compararlos todos, una buena fuente de información son las variables que toma en consideración la Superintendencia de Salud para quie puedas elegir cual es la mejor Isapre.
  3. El listado de Isapres y de planes que ofrecen cada una de ellas es bastante grande.
  4. Aquí te brindamos asesoria para que puedas comparar entre la diversidad de alternativas que existen para escoger la Isapre que más se adapte a tus necesidades de salud.
  5. Uno de los aspectos más importantes a tener en cuenta a la hora de elegir la mejor Isapre es el costo de los planes.
  6. Según los datos que aporta la Superintendecia, si ordenamos las Isapres desde las más economicas a las más costosas, y tomando como parámetro la cantidad de planes que tiene cada una de ellas disponible para sus clientes por debajo del límite legal de excedentes de de 3.86 UF (unos 109.375 pesos a la fecha).
  7. No todo es precio en la salud, y un plan que cueste menos dinero no siempre se puede denominar como el más economico.
  8. La cantidad de prestaciones incluidas también juegan una parte fundamental en el precio de un plan, y los copagos que puede incluir el plan más economico, dependiendo del uso pueden hacerlo el plan de mayor precio.
  9. Los planes que tienen la mejor cobertura son los planes de libre elección, donde el beneficiario puede escoger los servicios médicos que desee, hasta el tope legal de 8.000 UF anual.

Las Isapres abiertas registraron una caída de más de un 100% respecto al mismo período del año pasado. Por tanto, la pérdida para el sector de la salud privada fue de $6.935 millones de pesos. Las Isapres que fueron mas afectadas fueron: Cruz Blanca, Consalud y Nueva Más Vida. Por tanto, las que registraron un mayor % de crecimiento fueron: Vida Tres, Banmédica y Colmena.

Los criterios en los que se basa la Superintendencia de Salud para elaborar el ranking de Isapres son los siguientes:

  1. Según la cobertura hospitalaria.
  2. Según la situación comercial.
  3. Según el tipo.
  4. Según la amplitud de la cobertura.
  5. Según la modalidad de atención.
  6. Según la región
  7. Según la modalidad del precios.
isapre ideal para ti

Si continuas leyendo te aclararemos mas sobre este tema que es de real importancia, si estas e la  búsqueda de un plan de salud de Isapre te quieres cambiar, te quieres mejorar el plan, ha pasado de hacer el comentario a tus compañeros o a tus familiares y todos son expertos, todos con opiniones distintas con estadísticas con números que terminan dejándote en un valle de confusión bueno aquí te tenemos los tips para buscar un plan de salud y los errores que normalmente se cometen así que les vamos a ayudar y dar los tips en las distintas áreas del sistema de Isapre.

¿Que podemos aprender?

Vamos a aprender  es a cómo elegir y cómo buscar una Isapre, qué es lo que debo mirar qué es lo que debo leer lo primero que vamos a hacer es mencionar el primer error que la gente comete la mayoría de las personas tratan de encontrar un plan de salud basándose en una fórmula matemática que es la suma y la resta de los planes, y eso desde un punto de vista menos informado en teoría resolvería en cuál es el mejor planm, y la verdad que es un error porque en los planes de salud tienen que adaptarse a cada persona a la situación que vive es decir habría que enfocar la búsqueda en una idea logística más que matemática.

Obviamente la matemática nos va a ayudar a determinar el precio y otras condiciones pero la primera es la logística, porque es la manera en que usted va a ser afectado por el sistema de salud, a qué nos referimos, a que el plan que usted elija tiene que estar asociado con sus entornos donde vive, donde trabaja, donde estudian sus hijos si es  que los tienen, donde se va de vacaciones, cuál es su actividad laboral, cuál es su historial médico, cuáles son las preferencias, por lo tanto hay una tendencia a una preferencia, eso va a empezar a marcar la forma en que usted tiene que buscar el plan de salud que es el que va a elegir.

¿Cuál es la Isapre que  voy a elegir?

Ahora cuando vamos reuniendo esta información para elegir un plan, nos viene la otra incógnita, ¿cuál es la Isapre que  voy a elegir? y entonces caemos en el segundo error que es medir estadística quien me otorga la Superintendencia de Salud, comentarios de algunos compañeros, pero esto no es muy eficaz porque las distintas Isapres  a las cuales las miden estadísticas generales no tienen los mismos grupos de trabajadores o de aportantes es decir hay Isapres que se enfocan en algunos sectores más fuertes que otros, hay Isapres  que tienen grupos de jóvenes más alto, o de renta mediana alta, mediana baja y eso determina variables en el recurso solamente a groso modo .

La mayoría de las personas que tienen una renta que superan los 2 millones de pesos  van a evitar en la medida que ellos puedan una licencia médica porque le va a afectar directamente su sueño y eso marca una tendencia distinta a un grupo de personas que pueda tener una renta que bordee que sea inferior al millón de pesos, hay una estadística que realmente mide, hay una medición en cada Isapre   donde estos números empiezan a salir a la luz, por lo tanto una estadística no va a marcar la diferencia entre si la Isapre le conviene o no a usted  a su perfil en particular.

¿Cual es la clave que determinara la buena eleccion de tu Isapre?

La clave principal que determinara que Isapre   puedes elegir va a ser como esta  resolvera tu problema, es decir si tiene convenio con la clínica con la cual tienes preferencia, a donde yo voy de vacaciones, si tiene algunas facilidades como por ejemplo, convenio con una clínica, con una farmacia determinada que es la que yo tengo de preferencia, no es algo muy determinante pero puede ser importante para alguna persona o la combinación de planes le da preferencia a un area que a mí me interesa más, por ejemplo el tema es de las urgencias, hay una Isapre que les da un tono más marcado a esta cobertura mas que otra por lo tanto la marca de una Isapre u otra no van determinar las condiciones de logística que le aporten a su caso en particular y eso realmente lo tiene que obtener a través de un asesor competente en lo posible una persona que maneje bien la información pero principalmente que usted note que le pregunta bien, más que le plantea un plan sin siquiera haber conversado con usted o que su enfoque de entrevista se basa solamente  en el precio del plan que usted va a obtener más que en el beneficio, porque lo que usted va a necesitar cuando esté en un proceso de consultas de exámenes de procedimientos de una hospitalización, de una operación compleja lo que va a requerir son las condiciones la competencia del plan y no el precio que usted paga.

Cuidado al romper la condiciones del contrato y su plan de salud Isapre

Cuando usted rompe las condiciones que el plan propone, usted pasa automáticamente a la cobertura de libre elección y la cobertura de libre elección aunque suena bonito no es la mejor porque tiene límite la Isapre dice ok,  vaya donde quiera, como usted quiera pero yo pago hasta cierto límite de cobertura y eso lo dejan lo deja vulnerable porque ahora yo tengo techo entonces las condiciones que lo rodean no son las mismas y el resultado final no va a ser el mismo, aunque tenga seguro complementario porque recordemos que el seguro también le pide condiciones de cobertura así que este un punto que va a determinar claramente las condiciones que me van a rodear frente a una Hospitalizacion.

Bien ya hemos terminado de explicar la forma en que vamos a elegir el plan de acuerdo a las condiciones que estoy dispuesto a usar para que el plan  funcióne de para mí, es decir, si voy a tomar habitación pluripersonal que es de cuatro o más personas que va a ser habitación doble o hacer habitación individual, yo quiero destacar que la habitación individual tiene una característica que ninguna de las otras tiene aparte de la privacidad siento y es la hora de visita es muy importante ese detalle ya que por lo general la habitación  pluripersonal o doble por un tema de digamos de convivencia terminan las visitas en un horario y ahí terminó todo, no hay nada más que hacer sin embargo la habitación individual presente está elasticidad en las visitas a la persona que está hospitalizada pero además la posibilidad de que ande yo en la noche en algún taller excepto acompañando esta persona esto es muy importante sobre todo cuando no tiene hijos pequeños cierto es algo que familiarmente es necesario emocionalmente estaréis con las personas que más quieren.

¿Que % se determina para tomar un plan de salud?

Ahora consideremos que para tomar un plan de salud la ley determina algo específico dice que el 7 por ciento es el mínimo para elegir un plan no es el máximo es decir a partir del 7% hacia arriba yo puedo elegir eso importante determinarlo porque a veces este 7% no nos alcanza cierto con las pretensiones que tenemos o si incluso a veces nos sobra que somos más, digamos de un grupo menor soy yo solo tengo un hijo y el 7 por ciento es bastante grande me pueden incluso sobrar si me preferencia no es tan elevada la elección de un plan con o sin maternidad va a depender de los planes que tenemos  en conjunto que tengo para mi futuro pero es algo un poquito complicado porque hay una nueva normativa hay la ley que determina claramente algunos beneficios podría tener los usuarios y como es algo que requiere mucho detalle lo voy este momento han determinado los pasos que debemos seguir para la elección de un plan como ven es bastante amplio hemos tratado de comprimir lo vamos a dar va a determinar claramente el precio que usted va a pagar finalmente por el plan.

Tambien te tenemos informacion de las principales y mas reconocidas Isapres del Pais

Isapre Cruz Blanca

  • Es la prestadora de servicios de salud mas grande de Chile, y abarca el 21,7% del mercado en lo que a salud se refiere cuenta con mas de  400.000 afiliados otorgando cobertura de salud a más de 700.000 personas en nuestro país.
  • Constantemente estan mejorando la calidad de vida de sus  beneficiarios, otorgándoles tranquilidad en sus necesidades de salud. Isapre Cruz Blanca cuenta con una amplia red de sucursales, a lo largo de todo el país.
  • Isapre Cruz Blanca a través de su servicio Fono CruzBlanca 600 818 0000 atiende cerca de 70.000 llamadas mensuales, entregando la mejor asesoría en salud e informando todo sobre sus  productos,beneficios y los más de 12.500 convenios con diversos tipos de prestadores médicos a lo largo de todo Chile.
  • Cruz Blanca cuenta los mejores profesionales y planes de salud comprometiendose y ocupandose de   tu bienestar y la de tu familia, ofreciendoles la mejor atención. Esta corporacion tiene  una amplia gama de planes de salud para cubrir las distintas necesidades de sus usuarios.
  • Conoce tu mejor opción adaptada a tus necesidades, mejora tu plan actual, actualiza tu plan de salud de Isapre, mejora el precio y elige tus coberturas a nivel nacional.
Horario sucursales Cruz Blanca
  • Lunes a Viernes: 9:00 – 14:00 hrs
Telefonos Cruz Blanca
  • Call center: 600 818 0000
  • Fono urgencias: 600 818 0000 Opción 1
Ubicación Cruz Blanca

Av. Cerro colorado 5240, Piso 7. Torre II, Las Condes, Santiago.

Nueva MasVida

  • Es una Institución de Salud Previsional (Isapre), y es un prestador de servicios y planes de salud privados. Isapre Nueva MasVida ofrece a sus  afiliados el mejor acceso a sus atenciones de salud, para que así disfruten de una vida sana y plena.
  • Esta forma parte de Nexus Company empresa norteamericana con más de 20 años de trayectoria en el ámbito de la salud, dandolesrespaldo y la experiencia para avanzar Nueva MasVida tiene el objetivo de convertirse en la mejor Isapre del país.
  • Iniciaron su trayectoria siendo una Isapre Óptima, enfocados siempre en implementar planes y soluciones innovadoras para nuestros afiliados.
  • A mediados de 2017, tras el traspaso de los contratos de salud desde Isapre Masvida S.A. a Isapre Óptima, pasaron a tomar el nombre de Isapre Nueva Masvida, reuniendo la visión centrada en el cliente de Isapre Óptima con la trayectoria de 30 años de Ex – Isapre Masvida y sus colaboradores.
  • En caso de existir cambios en las condiciones donde se ubica cada Sucursal, el cierre podría ser adelantado.
  • Hoy, cuentan con cobertura a nivel nacional para llegar a más de 400 mil beneficiarios y 33 sucursales.
Telefonos Isapre Nueva MasVida

Call center: 600 6000 262 (Horarios de atencion de 8:30 a 18:30 hrs)

Banmedica

  • Es una  una empresa de salud previsional, perteneciente a uno de los principales grupos aseguradores del país y uno de los más importantes de Latinoamérica.
  • Este grupo esta conformado por  modernas Clínicas, Laboratorios especializados, Centros Médicos de última tecnología, ISAPRES y Unidades de Rescate Médico, le ofrecen los mejores planes para ti y tu familia.
  • Isapre Banmedica tiene más de 30 años de experiencia, 80 sucursales, 8.000 convenios médicos y casi 800 mil beneficiarios en todo Chile, se han  consolidado como la Isapre líder de la industria, y a su vez, como una de las más consolidadas.
  • Banmedica ofrece una amplia gama de planes de salud, beneficios adicionales y servicios para ti y tu famila, destinados a generar soluciones a la medida de tus necesidades.
Horario sucursales Isapre Banmedica
  • Lunes a Viernes Horario de 10:00 a 14:00 hrs.

  Banmedica Telefonos:

  • Call center: 600 600 3600.
  • Fono: 56-2-2353 3300
  • Fax: 56-2-2335 6470.
Ubicación Banmedica

Apoquindo 3.600, Las Condes, Santiago, Chile.

Isapre Vida Tres

  • Fue fundada en 1986, producto de la iniciativa de tres clínicas privadas de reconocido prestigio en Chile: Clínica Las Condes, Clínica Indisa y Clínica Alemana.
  • La corporacion Vida Tres cuenta con 15 años de experiencia que hacen que Isapre Vida Tres sea líder en productos, planes y servicios con las más altas coberturas reales para nuestros clientes, tanto en Chile como en el extranjero.
  • Además esta cuenta con el sólido respaldo que implica pertenecer a uno de los principales grupos aseguradores y previsionales de Chile, el Grupo de Empresas Banmédica, el cual cuenta con la red privada de prestadores de salud más grande del Pais.
  • Todos los planes de Isapre Vida Tres cuenta con arancel especial, lo que significa que puedes obtener cobertura para más de 1.000 prestaciones médicas adicionales.
  • Cuentan con tecnologia de vanguardia ofreciendoles a sus afiliados  la nueva App de Vida Tres, especialmente diseñada para que puedas realizar solicitudes desde tu teléfono, estés donde estés puedes.
  • Con esta App puedes revisar tu plan de salud, Solicitar reembolsos  ver seguimientos, solicitar y comprar bonos, ver excedentes,recibir notificaciones pus y navegar de manera más fácil.
Horario de Oficina Vida Tres
  • Lunes a viernes: 9:00 – 18:00
  • Sábado y Domingo: Cerrado.
Telefonos Vida Tres
  • Fono: 56-2-2353 3300.
  • Call Center: 600 600 3535.
  • Fax: 56-2-2335 6470.

 Isapre Colmena

  • Tiene un objetivo que los mueve día a día, ser tus  aliados en el cuidado de tu salud y la de tu familia ofreciendoles planes de calidad, el sistema de ISAPRES e informacion corporativa muy importante para nuestros clientes.
  • Esta empresa  trabaja con principios claves que los impulsan  a cumplir sus objetivos para que te motiven a que tomes la mejor desicion y elijas los planes y beneficios de Isapre Colmena y cuidar tu salud y la de tu familia,simplificando tu vida.
  • Isapre Colmena en una empresa que les busca soluciones innovadoras y los mejores planes de salud a todos sus clientes,nos importan las personas y nos ponemos en su lugar para darles la mejor atencion.
  • Isapre Colmena tiene un objetivo un objetivo que los mueve día a día, ser tus  aliados en el cuidado de tu salud y la de tu familia ofreciendoles calida y salud.
Contacto Colmena:

Call center: 2 2959 40 40, Lunes a Jueves 8:30 a 18:00 hrs., Viernes 08:30 a 14:00 hrs.

Telefono WhatsAapp
+569 4595 0760

Sucursales Colmena

Lunes a Viernes 9:00 a 14:00 hrs.

Consalud

  • Te ofrece y te entrega acceso a soluciones efectivas de salud, se rigen por principios y normas que fundamentan el propósito diario de los directores, ejecutivos viendolos a usted y su familia mas  como Personas que clientes pasando a ser  el centro de todo lo que hacen porque  su meta es mejorar y protejer tu vida y tu salud.
  • Ofrecemos los mejores planes y  hacemo el mejor trabajo y a la primera buscando siempre superar las expectativas  cuidando los detalles, es una empresa que cuenta con un personal que colabora  para cumplir el objetivo común, el del otro y el propio.
  • Consalud Busca tambien  como meta  el empoderamiento y la autogestión de manera responsable, poniendo todo por el todo para el desarrollo personal y el de otros,en la Isapre Consalud se Valora la apertura y la diferencia de opiniones, fomentando la escucha activa que contribuye a lograr sus objetivos.
  • Consalud es reconocida y una empresa con  experiencia, transforman y generan  innovaciones concretas y aceptan que sus clientes aporten ideas, Fomentando en conjunto  un buen ambiente,la etica, la honestidad y rectitud son sus  principales sellos de calidad, la gestion de la Isapre Consalud es intachable.
Horario sucursales Consalud
  • Lunes a Jueves: 9:00 – 14:00 hrs.
  • Viernes: 9:00 – 131.40
Telefonos Consalud:
  • Call center: 600 500 9000
  • Urgencias 24 horas: +562 2332 5020

Oficinas y sucursales: Pedro Fontova N° 6650, Huechuraba, Santiago.

FUSAT

  • Sus siglas significan Fundacion de Salud el Teniente, fue inagurada en 1985, nuestro hospital  posee 18 mil m2 construidos y está ubicado en un terreno de 90 mil m2, hermosos jardines rodean estas instalaciones creando un pulmon vegetal que aporta oxigeno y tranquilidad a nuestros usuarios.
  • Isapre FUSAT es la primera clínica Acreditada por tercera vez en Rancagua y la Región de O’Higgins, ofrecemos servicios médicos ambulatorios, hospitalarios y quirúrgicos para ti y toda tu familia.
  • El centro medico FUSAT cuenta  con un amplio equipo de profesionales en las distintas  especialidades medicas para entregarte atención ambulatoria, más una unidad de procedimientos diagnóstico -terapéuticos y vacunatorio.
  • Este recinto hospitalario presta Servicios de Urgencia, Centro Médico, Hospitalización, Pabellones, Unidad de Pacientes Críticos Adultos, Pediátricos y Neonatales, un Centro de Scanner y Resonancia Magnética, un Centro de Diálisis, Centro de Medicina Física y Rehabilitación. A ellos se suman los servicios de apoyo que incluyen Laboratorio Clínico y de Anatomía Patológica, más un Banco de Sangre.
  • Este moderno servicio se centra en el paciente y su familia Isapre Fusat tiene los mejores planes de salud para ti y tus seres queridos.
Ubicación FUSAT

Carretera del Cobre 1002, Rancagua, O’Higgins

Telefonos Isapre FUSAT

+ 56 722 204300

Superintendencia de Salud y sus definiciones

La Superintendencia de Salud Chile es la sucesora legal de la Superintendencia de ISAPRES la cual inició sus actividades el 1° de enero del año 2005.La Superintendencia de salud es un organismo que tiene como funciones principales, supervisar y hacer cumplir   las obligaciones y normas que imponen  las leyes a  las  ISAPRES al  Fondo Nacional de Salud (FONASA)  y a demas fiscaliza todos  los prestadores de servicios  de salud públicos y privados para que cumplan con su acreditación y certificación.

La Superintendencia de Salud Chile pone a disposición de la ciudadanía, de las organizaciones y empresas vinculadas al mundo de la salud, una serie de servicios que disponen de la información relevante con respecto al funcionamiento del sistema público y privado de Salud en nuestro pais. En conclusion la Misión de la Superintendencia de Salud Chile es proteger, promover, y velar por el cumplimiento igualitario de los derechos de las personas en salud, con relación a Fonasa, Isapres y prestadores de servicios.

Como  afiliado   puedes presentar ante  Superintendencia de Salud Chile  tus reclamos y descontentos cuando sientas que tus derechos han sido vulnerados   por (FONASA) o  (ISAPRES),usted puede presentar sus  reclamos ante la Superintendencia de Salud si por ejemplo, se siente disconforme con el alza del precio de su plan de ISAPRE.

Estos reclamos pueden ser efectuado por cotizantes, ex cotizantes, beneficiarios y ex beneficiarios de las Isapres y Fonasa, También puede ser realizado por representantes legales habilitados, adjuntando poder simple. El trámite se puede realizar durante todo el año.

Los cotizantes de las Isapres cuya licencia haya sido reducida o rechazada o estén disconformes con el subsidio pagado, deben reclamar en la COMPIN correspondiente al domicilio que tenga registrado en su contrato de salud.
Los cotizantes del Fonasa cuya licencia haya sido reducida o rechazada o estén disconformes con el subsidio pagado, deben reclamar en la misma COMPIN donde se presentó la licencia.

Recopilación de los principales criterios y decisiones de los juicios que se tramitan en la Superintendencia como Tribunal Especial y de los reclamos administrativos. Apunta a dar a conocer la resolución de nuevos conflictos y difundir la labor realizada en estas materias.

La Superintendencia de Salud Chile tambien se encarga de :

  • Fiscalizar a todos las instituciones que prestan servicios de salud públicos y privados.
  • Registra a las Instituciones de Salud Previsional, previa comprobación del cumplimiento de los requisitos que señale la ley.
  • Interpreta administrativamente todas las materias de su competencia, es decir, las leyes, reglamentos y demás normas.
  • Fiscaliza a las Instituciones de Salud Previsional en los aspectos jurídicos y financieros.
  • Vela para que las instituciones fiscalizadas cumplan con las leyes y reglamentos que las rigen y con las instrucciones que la Superintendencia emita, sin perjuicio de las facultades que pudieren corresponder a otros organismos fiscalizadores.
  • Exige que las Instituciones den cumplimiento a la constitución y mantención de la garantía y patrimonio mínimo exigidos por la ley.
  • Imparte instrucciones y determina los principios contables de carácter general conforme a los cuales las instituciones deberán dar cumplimiento a la garantía contemplada en el artículo 181 y a los requerimientos de constitución y mantención del patrimonio mínimo que prevé el artículo 178.
  • Vela para que la aplicación práctica de los contratos celebrados entre los prestadores de salud y las Instituciones de Salud Previsional no afecte los beneficios a que tienen derecho el afiliado o sus beneficiarios.
  • Imparte las instrucciones para que las Instituciones de Salud Previsional mantengan actualizada la información que la ley exija.
  • Impone las sanciones que establezca la ley.
  • Podrá citar a declarar a los representantes, a los representantes, administradores, asesores, auditores externos y dependientes de las entidades o personas de las entidades fiscalizadas, cuyo conocimiento estime necesario para el cumplimiento de sus funciones. No estarán obligadas a concurrir a declarar las personas indicadas en el artículo 361 del Código de Procedimiento Civil, a las cuales la Superintendencia deberá pedir declaración por escrito.
  • Difunde periódicamente información que permita a los cotizantes y beneficiarios de las instituciones de salud previsional y del Fondo Nacional de Salud una mejor comprensión de los beneficios y obligaciones que imponen las referidas Garantías Explícitas en Salud.
  • Informa periódicamente sobre las normas e instrucciones dictadas e interpretaciones formuladas por la Superintendencia, en relación con los beneficios y obligaciones de los cotizantes y beneficiarios de las instituciones de salud previsional y del Fondo Nacional de Salud, respecto del Régimen General de Garantías en Salud.

¿Que sistema de salud te conviene? ¿FONASA o ISAPRE?

Elegir un plan salud en Chile puede ser difícil, por ello millones de personas se hacen estas preguntas anualmente y las respuestas no son fáciles.  Conocer algunas cosas antes de comparar los planes del Mercado te será de mucha ayuda , lo primero será examinar los costos considerando tus necesidades de atención médica, también debes consultar cuales son los médicos e instituciones de los planes de salud y el conjunto  de beneficios médicos esenciales que cubren estos planes.

En esta web, te presentamos las claves que te permitirán determinar si te conviene Fonasa o ISAPRES.

El Fondo Nacional de Salud (Fonasa) es un organismo público que administra los fondos del estado destinados a salud de los ciudadanos Chilenos, da a todos sus afiliados un plan único con cuatro categorías definidas, este es un sistema solidario de salud, los usuarios que perciben mayores ingresos subsidian a los que reciben menor ingreso. Por lo tanto, a medida que aumenten tus ingresos escalaras automáticamente a la categoría siguiente de Fonasa en donde la cobertura del porcentaje de Copago será cada vez menor, mientras que en el sistema de ISAPRES existen más de 1500 planes disponibles, una vez contratado el plan, la cobertura es independiente de tu nivel de ingreso. Se pueden acumular excedentes, que pueden ser utilizados en farmacias o para comprar bonos.

¿Que es el Copago y sus Beneficios?

Es el  pago por servicios compartido entre el beneficiario y el seguro, y en este caso Fonasa bonifica una parte porcentaje  del costo de la atención de salud, el beneficiario aporta el porcentaje que no se le financia ni bonifica.El copago FONASA es la opción que tiene salud pública respecto al sistema privado de salud, a partir de las  Isapres.El Copago se utiliza dentro de la medicina privada para  poder establecer la diferencia  entre el precio de un servicio y el valor de este que cubre un sistema de salud.

La Isapre Banmédica ingresó un recurso de reclamación ante la corte de apelaciones de Santiago afirmando que la Superintendencia de Salud había actuado más allá de sus atribuciones, la empresa impugnó una resolución de la autoridad sanitaria que decreta que los bonos y reembolsos pueden ser respectivamente utilizados o cobrados en un plazo de cinco años por lejos mayor al plazo que permiten algunas prestadoras de servicios de salud.

La Isapre que recurrió tienen dentro de sus contratos de salud unas cláusulas pactadas con los afiliados que dicen que los bonos tienen una vigencia de 30 días y los reembolsos pueden ser cobrados por los afiliados hasta el plazo de 60 días corridos, y ese plazo la autoridad ejecutiva dijo que no era, que no podía, que no correspondía a la norma legal y debía ajustarse por lo tanto de modo tal que en definitiva en lo sucesivo los plazos que tienen los recurrentes es el plazo legal de cinco años.

La realidad en todas las otras Isapres respecto a sus contratos es similar a todas las instancias contratos tienen esa cláusula dicen que el afiliado que hace un gasto médico y que le da una boleta un médico que se hace un examen tiene que presentar esa boleta dentro de 60 días corridos y si no la presenta al Isapre no se le reembolsa y respecto de los bonos a veces una persona compra un bono para una atención pero eso no se hace nada por alguna causa entonces la Isapre dice que si el afiliado no concurre dentro de 30 días no se le va a devolver el Copago porque la Isapre no cubre todo, hay una parte que la cubre el afiliado que no se le va a cubrir en su copago y eso está en los contratos, pero ahora ha quedado absolutamente claro que eso es una norma ilegal y que inconstitucional, el documento emanado por la autoridad sanitaria y su oficial la instrucción es decir que todas las Isapres deben seguir esa línea y por lo tanto vincula a todos los afiliados o bien constituye un beneficio para todos ellos.

Lo que hace el tribunal revisar la normativa en general no sólo en materia de salud sino que también la normativa que rige al ente público que dispuso la instrucción y las normas generales del derecho y finalmente lo que hizo es entender que la autoridad ha obrado dentro de sus atribuciones y ha dispuesto lo que correspondía conforme a derecho por lo tanto válido la actuación de la autoridad pública y de este modo la instrucción que ha dado a las Isapres es válida, los razonamientos desde el fallo por el tribunal de alzada afirman que la superintendencia no sólo ostenta una potestad interpretativa sino que también normativa lo que ha sido ratificado por el tribunal constitucional y la Contraloría General de la República.

En la reclamación que hizo BANMEDICA ellos argumentan que las superintendencias tienen facultades para interpretar el contrato pero que no pueden modificar cláusulas del contrato porque esas cláusulas han sido pactadas por los contratantes o sea póliza hambre y el afiliado, la corte contesta en su fallo por una parte dice que en realidad la superintendencia tiene facultades normativas que tienen facultades para decir cómo debes cumplirse por la Isapre de los derechos de los afiliados pero además refuta el carácter de intangibilidad del contrato porque dice que un contrato de adhesión y está enteramente reactor por la isapre y que el afiliado no puede oponerse a esa cláusula el afiliado acepta el contrato en bloque o no puede tener un plan de salud.

En definitiva se estimó que las personas podrán usar sus bonos después de los 30 días y cobrar los reembolsos pasados los 60 días sin ningún problema y eso va a determinar que las Isapres deberán ajustar sus planes a esta nueva instrucción y aun cuando no ajustan en sus planes los afiliados pueden hacer valer esta instrucción ante las Isapres para la validez del bono por un plazo superior a los 30 días y también para cobrar los reembolsos con posterioridad a los 60 días.

La isapre no presentó el recurso para impugnarla solución de la corte de apelaciones de Santiago, es decir la sentencia está firme y ejecutoriada en vista de que se agotó el plazo de apelación.

Te preguntaras ¿cual es el  sistema de salud que mas te conviene Fonasa o Isapre?

  • Es una pregunta que a diario hacen los ciudadanos de Chile, te presentamos una guía de ayuda en esta web, te ofrecemos informacion para que estes seguro de elegir entre Fonasa o Isapre. 
  • El sistema Isapre es mejor en términos de calidad, tiempos de atención, hotelería y coberturas.
  • Puede ser el más costoso, no solo en el pago mensual si no también al momento de atendernos, en el sistema privado de Salud en Chile.
  • Si quieres saber si eres Fonasa o Isapre ingresa a la pagina oficial de FONASA  y consulta los certificados existentes utilizando tu RUT.
  • Es importante hacer una evaluación de costos vs beneficios respecto a ambos sistemas de salud, aqui te mostramos información clave e importante para ti.

Fonasa vs Isapre

Logo de Fonasa
  • No eliges. En base a tu sueldo se te asignará un nivel de cobertura (tramos A,B,C o D).
  • Dependiendo tu sueldo tendrás acceso al sistema público y en algunos casos a privados con menor cobertura.
  • Siempre será el 7% de tu sueldo imponible.
  • De igual forma tendrás cobertura en Fonasa nivel A (más básico).
  • No generas excedentes
  • Cubren enfermedades o accidentes pre existentes a la contratación.
  • Extensas demoras para conseguir especialistas y listas de esperas considerables para operaciones.
  • En general inferiores comodidades, privacidad, infraestructura, entre otros.
  • Debes acercarte idealmente a un prestador público.
  • Las recibe el COMPIN y paga con relativa normalidad
  • Cubre algunas enfermedades específicas al 100% en donde indique Fonasa.
  • No, pero si no aportas con tu 7% irás a FONASA nivel A (el más básico).
  • Si, pero hay pocas opciones y son más caros o restrictivos por estar en Fonasa.
ISAPRE DE CHILE
  • Puedes elegir entre más de 1000 planes a la venta.
  • Puedes elegir el nivel de cobertura que te acomoda en el sistema privado de salud.
  • Puede ser un monto cercano al 7% de tu sueldo imponible o más del 7% si lo deseas.
  • Perderás la cobertura Isapre y tendrás cobertura en Fonasa nivel A (más básico).
  • Si tu plan cuesta menos que tu 7% de salud generas excedentes (dinero a tu favor).
  • No cubren enfermedades o accidentes pre existentes a la contratación.
  • Acceso expedito a especialistas y a operaciones. No es un problema.
  • En general superiores comodidades, privacidad, infraestructura, entre otras.
  • Debes acercarte a los prestadores que indique tu plan de salud.
  • Las recibe la Isapre. Puede rechazarlas con argumentos (puedes apelar). Paga con relativa normalidad.
  • Plan incluye GES y opcionalmente CAEC.
    Si; por no pago, por mentir en la declaración de salud o por omitir cargas legales.

Tramos Fonasa

Dependiendo tu situación económica y el número de cargas, los beneficiarios de FONASA pueden pertenecer a a cuelquiera de estos tramos (A, B, C y D).

Tabla ingreso
Tabla ingreso 2
copago o sin copago

Copagos en la red Preferente

Bajo este sistema de copagos en la red se refleja  el carácter solidario y equitativo del Seguro Público de Salud, al estar asegurando una misma cobertura para beneficiarios de los 4 tramos, elevando el porcentaje de bonificación para los ingresos.

Además de incluir un factor extra de protección para beneficiarios con cargas legales y que copagan una parte de las atenciones médicas que reciben(tramos C y D):

  • Si un beneficiario del tramo D inscribe a una tercera carga, se mueve inmediatamente hacia al tramo C (pasa de un 20% a un 10% de copago)
  • Y si un beneficiario del tramo C inscribe a esta tercera carga, se mueve hacia el tramo B (pasa de un 10% a un 0% de copago).

Excepciones del sistema copago

Existen algunas excepciones en este modelo general de copago, en base al porcentaje de demanda de las atenciones médicas, y a la necesidad de protección focalizada de los beneficiarios en ciertos momentos de su vida:

  • 100% de bonificación para todos los beneficiarios en (tramos A, B, C y D), es decir, 0% de copago, para todas las atenciones médicas e insumos y medicamentos entregados en los establecimientos de Atención Primaria.
  • 100% de bonificación (0% de copago) para todos los beneficiarios de 60 años o más, de cualquier tramo de ingreso, en la cartera completa de programas médicos de la red Pública Preferente que forman parte de nuestro Plan de salud, con atención en los niveles primario, secundario y terciario (complejidad baja, media y alta), e incluyendo prótesis no contenidas en el arancel de una atención (si aplica).
  • 100% de bonificación (0% de copago) para toda la población beneficiaria en atenciones médicas de alta complejidad y que se encuentran asociadas a patologías con riesgo vital y de alto costo (“Catastróficas).

Copagos de la red de salud Pública Preferente:

Las atenciones médicas e insumos y medicamentos entregados en hospitales (nivel terciario, de alta complejidad):

  • Para los beneficiarios del tramo A y mayores de 60 años.
  • 100% de bonificación (0% de copago) para los beneficiarios del tramo B.
  • 60% de bonificación (40% de copago) para los del tramo C.
  • 35% de bonificación (65% de copago) para los del tramo D.

Las atenciones odontológicas en establecimientos de nivel secundario y terciario (de especialidad):

  • Para los beneficiarios del tramo A y mayores de 60 años.
  • 70% de bonificación (30% de copago) para los beneficiarios del tramo B.
  • 50% de bonificación (50% de copago) para los del tramo C.
  • 20% de bonificación (80% de copago) para los del tramo D.

Copagos en la salud Privada

En la Red de salud Privada (MLE), los copagos no dependen del tramo de ingreso al que pertenezca un beneficiario, depende del nivel de inscripción del prestador individual o institucional elegido por el beneficiario cotizante para obtener una atención médica por medio de la cobertura (solo tramos B, C y D).

Esta red de salud cuenta con tres niveles:

  • Nivel de inscripción 1.
  • Nivel de inscripción 2.
  • Nivel de inscripción 3.

Los profesionales y/o establecimientos de Nivel 1 (menor capacidad e infraestructura) ofrecen los valores de copago más bajos.

Los de Nivel 3 (mayor capacidad e infraestructura) poseen los valores de copago más altos, según lo establecido en el Arancel MLE.

Porcentaje de la bonificación

Se financia el 50% del valor de la prestación con un 50% de copago. Existiendo excepciones como:

  • 60% de bonificación (40% de copago) en consultas médicas.
  • 75% de bonificación (25% de copago) en prestaciones de parto.
  • 80% de bonificación (20% de copago) en prestaciones de diálisis.
  • Entre 60% y 75% de bonificación (25% a 40% de copago) en prestaciones del Programa de Atención de Emergencia (PAE).
  • Si están desea afiliarse a FONASA es bueno conocer entre otros aspectos de qué va el copago de Fonasa para afiliarse y acceder a la atención de salud.

¿Qué son y cómo funcionan los Planes de Ispres?

Los planes de salud de ISAPRES, funcionan como un conjunto de servicios y prestaciones médicas que las personas eligen costearse en búsqueda de una mejor atención, existen másde 1500 planes a la venta que pretenden satisfacer las diversas necesidades delos usuarios, existen web gratuitas que te permiten hacer una comparativa, cotizar y solicitar planes y seguros de salud de todas las Isapres y Aseguradoras de Chile en simples pasos, una ves elegido el plan salud debes de llenar el F.U.N. que significa Formulario Único de Notificación, que es un documento que forma parte del contrato de salud, donde se detalla toda la información requerida del afiliado y sus beneficiarios, este formulario esta regulado por la Superintendencia de Salud.

Formulario Unico de Notificacion (FUN)

No permitas el alza de tu isapre. Si te llego el FUN, tú puedes evitar esta alza de precio de tu plan. ¡Gestionamos tu recurso de protección en contra de las alzas de Isapres sin gratis para ti, stop al alza ahora!

Video Formulario Unico de Notificacion

  • Las Isapres son instituciones de salud privadas que funcionan basándose en un sistema de seguros.
  • Estas instituciones de salud previsional, fueron autorizadas por el Ministerio de Salud en virtud de la dictamen del Decreto de Fuerza Ley N°3 en el año 1981 para que adminitraran las cotizaciones obligatorias de salud (7% de su remuneración imponible) tanto de los trabajadores como de las personas, que por libre desicion optaron por las Isapres.
  • Estas aseguradoras ofrecen financiamiento en prestaciones de salud y el pago de licencias médicas.
  • Las prestaciones  de salud se otorgan mediante la contratación de servicios médicos que son financiados por las Isapres.
  • La Superintendencia de Salud Chile supervisa y controla desde el año 2005 a las Isapres.
  • Hoy en dia  prestan  servicios de financiamiento para  la salud a una gran parte de la población de Chile y permitieron  la expansión de la actividad médica privada y el auge de la inversión en centros de salud, laboratorios, otros.

¿Qué es un Formulario Único de Notificación (F.U.N.)?

  • El Formulario Único de Notificación o FUN, es el certificado que envían las ISAPRES a tu empleador.
  • En el FUN aparece detallado el nuevo precio de tu plan y asi tu empleador comience a descontar de tu sueldo un porcentaje que este acorde a este nuevo valor del plan de salud.
  • Si eres independiente  independiente la notificación sera enviada a tu domicilio directamente.
  • El  FUN o  Formulario Único de Notificación es un documento que forma parte del contrato de salud.
  • En el Formulario Unico de Notificación esta detallada  toda la información requerida de el  afiliado y sus beneficiarios, el empleador, el nombre del plan elegido, el costo, entre otros.
  • Tu empleador descontara de tu sueldo un porcentaje dependiendo el plan que elijas.
  • Las nuevas suscripciones a la ISAPRE, son notificadas  por el ejecutivo de negocios, quien debe presentar el Formulario Único de Notificación y la carta de desafiliación de la ISAPRE anterior.
  • Los cambios  efectuados por los beneficiarios en las plataformas de servicios y los FUN que emite  la ISAPRE, de acuerdo a la normativa vigente, son Notificados por correos especiales.

Existen dos formas Para habilitar el FUN:

  • La primera es de forma donde   tu empleador o entidad pagadora de pensiones debe colocar la fecha de Notificación, firma del empleador , Nombre, RUT y numero de  telefónico.
  • La segunda forma es on line, las Isapres suben a el el Portal web la información de los Formularios Únicos de Notificación y dan acceso a la información de Ventas, Modificaciones de Contratos, Adecuaciones, Cambios de empleadores.
  • El habilitador de cada entidad, decide si aprueba o rechaza los formularios.
  • El sistema presenta los motivos de rechazo, según sea un trabajador dependiente o un pensionado.
  • El Portal genera un Certificado por cada formulario Habilitado.

La Isapre está facultada para emitir el:

  • Proceso anual de adecuación: Isapre notifica al beneficiario (por correo certificado) con 90 días de anticipación, sobre la revisión de su plan de Salud. Si el afiliado no tiene responde o demanda dentro de los 90 días posteriores a la comunicación, se asume que este acepto la adecuación y se emite el formulario al Empleador.
  • Cambio automático de empleador: Si Isapre detecta en proceso de Recaudación que el empleador registrado cesa sus cotizaciones y en el mismo período un nuevo empleador comienza a enterar las cotizaciones de salud, formaliza esta situación emitiendo un formulario 4 (Cambio de empleador).
  • Término de Convenio Colectivo: Se notifica al afiliado (por correo certificado) con 30 días de anticipación al término del contrato, ofertando un plan individual de Salud. Si el afiliado no responde o demanda dentro de los 30 días posteriores a la comunicación, se asume por aceptada la reconversión y se emite el FUN.
  • Término de compensación (Plan Matrimonial): Cuando uno de los miembros del Plan realiza el cambio, la ISAPRE notifica al otro beneficiario (por correo certificado) con 30 días de anticipación, sobre el término de la compensación, ofertandote un plan individual de Salud. Si el afiliado no hace ningún reclamo o demanda dentro de los 30 días posteriores a la comunicación, se asume que este acepta la reconversión y  se emite el formulario único de notificaciones.

Existen causas que impiden la Notificación, entre estas causas estan:

  • Empleador se Niega a recibir o habilitar el FUN.
  • Dirección de empleador no existe.
  • No se permite el acceso al notificador.
  • Entidad cerrada por vacaciones.
  • Habilitado con licencia médica o vacaciones.
  • Beneficiario con licencia o permiso sin goce de sueldo.
  • Cuando estas causas existen la ISAPRE cumple la obligación de notificar al empleador o entidad encargada del pago de la pensión, entregando copia del formulario correspondiente en la Inspección del Trabajo del domicilio del empleador y/o entidad fiscalizadora.
  • En el caso de los pensionados, dejando constancia en el formulario único de notificación  de los hechos y motivos que han impedido realizar la Notificación.

Fuentes:

Noticias Alza ISAPRES

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